Normativa del patinete eléctrico en Salamanca 2026: qué se aplica y qué se está multando
Respuesta rápida
Salamanca sí tiene ordenanza propia de VMP desde octubre de 2021, con velocidades por tipo de vía y reglas de aparcamiento, pero no fija cuantías propias: remite las sanciones a la normativa estatal, que es más cara. Si hay vía ciclista, es obligatorio usarla; en aceras y zonas peatonales hay que apearse. Y a todo ello se suman seguro, registro DGT, etiqueta y —desde el 1 de octubre de 2026— casco obligatorio.
Salamanca es un buen ejemplo de una situación más común de lo que parece: una ciudad con ordenanza propia de circulación para VMP, pero sin un cuadro municipal propio de infracciones, de modo que las cuantías que se aplican son las estatales.
Eso no significa que se pueda circular a la ligera. Significa justo lo contrario: se aplican las cuantías estatales, que son más altas que las municipales de muchas ordenanzas.
Qué dice la ordenanza municipal
El Ayuntamiento aprobó la Ordenanza municipal para regular la circulación de los vehículos de movilidad personal (VMP), publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Salamanca del 22 de octubre de 2021. Estas son sus reglas principales.
Si hay vía ciclista, es obligatoria
Es el punto que más condiciona el día a día. El artículo 8.1 obliga a los conductores de VMP a circular por las vías ciclistas en lugar de hacerlo por la calzada cuando existan. No es una preferencia: es una obligación.
Cuando no hay vía ciclista, hay que ir por la vía urbana reservada al tráfico rodado, quedando prohibidas travesías, vías interurbanas, autopistas, autovías y túneles urbanos.
Las velocidades, por tipo de vía
| Dónde | Velocidad máxima |
|---|---|
| Aceras-bici, pistas bici y sendas ciclables | 10 km/h |
| Carriles bici | 20 km/h |
| Calzada de vías limitadas a 30 km/h (si no hay vía ciclista) | 25 km/h |
| Calzada de vías limitadas a 50 km/h (si no hay vía ciclista) | 25 km/h |
Llama la atención el último caso: a diferencia de otras ciudades, Salamanca sí permite circular por la calzada de vías de 50 km/h cuando no existe vía ciclista, siempre a un máximo de 25 km/h.
En la acera, te apeas
El artículo 7 es tajante: los VMP no pueden circular por aceras ni otras zonas peatonales, y en ellas “los conductores de VMP se apearán del vehículo y transitarán por ellas como peatón”.
Los patines, monopatines y patinetes sin motor sí pueden ir por acera, pero a paso de persona, y no pueden usar el carril bici.
Aparcamiento: ni farolas ni fachadas
Los VMP pueden estacionar en los espacios destinados al aparcamiento de bicicletas. Y queda prohibido estacionar o amarrarlos a arbolado, farolas, semáforos, señales verticales y otros elementos de mobiliario urbano, así como en las fachadas de edificios.
En los supuestos previstos en la normativa de tráfico, el vehículo puede quedar inmovilizado y retirado.
Uso unipersonal y reparto
El VMP “únicamente puede ser ocupado por la persona que lo conduzca”. Y la ordenanza dedica un capítulo a los VMP destinados al reparto de mercancías, que solo pueden circular por las vías y en las condiciones generales que ella misma establece. Si repartes, ten en cuenta además que tu seguro de particular no te cubre.
Por qué no hay tabla de multas
Porque la propia ordenanza no la tiene. Su artículo 14 remite: las infracciones “serán sancionadas en los términos previstos en la normativa sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y Seguridad Vial”. De ahí que en Salamanca las cuantías que verás sean las estatales.
Empecemos por la honestidad
En esta guía no vas a encontrar una tabla de multas municipales de Salamanca, y ahora ya sabes por qué: no existe. La ordenanza municipal remite expresamente el régimen sancionador a la normativa estatal de tráfico.
Lo que sí hay son anuncios del Ayuntamiento sobre los controles, recogidos por la prensa local, y el marco estatal, que es público y verificable. Con eso trabajamos. Preferimos decirte lo que sabemos y de dónde lo sabemos, a rellenar huecos con cifras de otra ciudad.
Lo que se está controlando en la ciudad
El Ayuntamiento anunció el inicio de controles a los vehículos de movilidad personal tras las instrucciones recibidas de la DGT. Según recogen los medios locales, los puntos que se están comprobando son los documentales:
- Certificado de circulación del vehículo.
- Inscripción en el Registro de Vehículos Personales Ligeros.
- Etiqueta identificativa o placa de marcaje.
- Seguro de responsabilidad civil en vigor.
La prensa local ha citado importes concretos asociados a cada una de esas carencias, con la sanción del seguro como la más alta. Tómalos como referencia atribuida, no como cuadro oficial: el importe exacto de tu expediente constará siempre en la notificación de la denuncia.
Lo relevante es el mensaje de fondo: en Salamanca te van a pedir los papeles, y son cuatro cosas que puedes tener resueltas esta semana.
Cómo ponerte en regla en tres pasos
1. Inscribe el patinete en la DGT. Es un trámite único, con una tasa de 8,67 €, y de él sale la etiqueta identificativa. Está explicado paso a paso en la guía de registro.
2. Coloca la etiqueta. Suena obvio, pero es una de las carencias que más se sanciona: gente que ha hecho el trámite y lleva la etiqueta en un cajón.
3. Contrata el seguro. Es el que más caro sale si falta: 250 a 800 € por circular sin él, con posible inmovilización del vehículo. Puedes comparar opciones en la guía de los mejores seguros de patinete y ver el detalle de las sanciones en la guía de la multa por circular sin seguro.
Y comprueba el certificado de circulación de tu modelo: desde el 22 de enero de 2027 solo podrán circular los VMP que lo tengan, y si el tuyo no puede obtenerlo, es mejor saberlo ahora. Lo explicamos en la guía del certificado.
Las normas de circulación que sí son claras
Aunque no haya cuadro municipal detallado, hay reglas que no admiten discusión porque son estatales y se aplican en Salamanca igual que en el resto del país:
- Prohibido circular por aceras y zonas peatonales. Sin excepciones.
- Prohibido llevar a más de una persona en el vehículo.
- Prohibido el móvil y los auriculares durante la conducción.
- Velocidad máxima de 25 km/h, que es un límite del vehículo por diseño.
- Prohibidas autopistas, autovías, travesías, vías interurbanas y túneles urbanos — relevante si sales del casco urbano, como explicamos en la guía de circulación fuera de la ciudad.
- Alcohol y drogas: mismas tasas y sanciones que el resto de conductores, con 500 a 1.000 € e inmovilización.
Lo que cambia el 1 de octubre de 2026
Esta fecha afecta especialmente a ciudades sin ordenanza propia de VMP, porque el Estado entra a regular lo que antes dependía del municipio:
- Casco obligatorio homologado y abrochado para todos los conductores.
- Edad mínima de 15 años.
- Elemento luminoso o reflectante visible a 150 metros de noche o con baja visibilidad.
- Chaleco reflectante para quienes conduzcan por actividad profesional.
Todo el detalle, en la guía del casco obligatorio.
Si en Salamanca te preguntabas si el casco era obligatorio, a partir de esa fecha la respuesta es sí, y ya no depende de ninguna ordenanza.
Tu ordenanza y tu seguro van de la mano
En Salamanca manda sobre todo la normativa estatal, y por eso conviene mirar de cerca la póliza: es donde están las condiciones que nadie te lee en voz alta.
- AXA (Patinete360) exige casco homologado durante el accidente como “condición indispensable y obligatoria” para que la garantía de accidentes personales funcione.
- Mapfre (MásPatín) no ampara con ninguna cobertura los siniestros ocurridos circulando por aceras o espacios reservados a peatones.
- En la única garantía de robo que hemos analizado, el patinete debe estar atado con candado homologado (con factura), no se cubre el hurto sin fractura y más de 24 horas seguidas en la vía pública cuenta como abandono.
La responsabilidad civil obligatoria seguirá respondiendo frente al tercero al que dañes —eso lo impone la ley—, pero tú puedes quedarte fuera. Cómo elegir candado y qué pide tu póliza, en candados homologados y aseguradoras.
Si el Ayuntamiento aprueba una ordenanza propia
Es lo razonable a medio plazo, y varias ciudades del entorno lo han hecho recientemente. Si ocurre, lo habitual es que regule por qué vías se puede circular, a qué velocidad en cada tipo y el estacionamiento.
Revisamos estas páginas periódicamente, pero si vas a tomar una decisión importante, confírmalo en la web municipal.
Fuentes: Ley 5/2025, de 24 de julio · Real Decreto 52/2026, de 28 de enero · Real Decreto 518/2026, de 24 de junio · DGT — Vehículos de Movilidad Personal · Anuncios del Ayuntamiento de Salamanca sobre el control de VMP recogidos por la prensa local (mayo de 2026)
Este artículo tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento legal. Las cuantías citadas por medios locales no sustituyen al importe que conste en la notificación de la denuncia. Última revisión: 24 de septiembre de 2026.
📋 ¿Qué dice la ley estatal? Consulta el estado de la normativa del patinete (seguro, casco, DGT…) y la normativa en otras ciudades.
Fuentes oficiales
Preguntas frecuentes
¿Qué normativa se aplica a los patinetes en Salamanca?
Dos capas. La municipal: Salamanca aprobó en octubre de 2021 una Ordenanza para regular la circulación de los VMP, con velocidades por tipo de vía y reglas de aparcamiento. Y la estatal: seguro obligatorio, inscripción en el Registro de Vehículos Personales Ligeros, etiqueta identificativa y certificado de circulación. La ordenanza municipal no fija cuantías propias: remite el régimen sancionador a la normativa de tráfico.
¿Se está multando en Salamanca por no tener el patinete registrado?
Según ha informado el Ayuntamiento y recogen los medios locales, sí: se contemplan sanciones por no disponer de certificado de circulación, por no estar inscrito en el registro y por no llevar la etiqueta identificativa.
¿Puedo circular por las aceras de Salamanca en patinete?
No. La circulación por aceras y zonas peatonales está prohibida en toda España, no solo en Salamanca. Tampoco se permite circular con más de una persona a bordo.
¿Es obligatorio el casco en patinete en Salamanca?
Desde el 1 de octubre de 2026 sí, porque el Real Decreto 518/2026 lo impone en toda España. Antes de esa fecha dependía de lo que estableciera la regulación municipal.
¿Cuánto es la multa por circular sin seguro en Salamanca?
Las cuantías son las estatales: circular sin el seguro obligatorio se sanciona con entre 250 y 800 euros, y no tenerlo contratado con entre 202 y 610 euros.
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